Río Cuarto. El Foro del Derecho del Trabajo informó su posición frente a una posible reforma laboral del gobierno nacional a través del siguiente comunicado.

“Con la clara intención de “preparar el terreno” a los fines de instalar una inmediata reforma laboral el Gobierno Nacional se excusa de manera agraviante y generalizada en el supuesto accionar irresponsable, cuando no ilícito, de sindicatos, abogados laboralistas y Jueces del Fuero laboral, intentando generar una “nueva grieta” entre estos sectores y el sector empresarial culpando a aquellos de la alta litigiosidad, la falta de productividad, el alto índice de desempleo y la mala situación por la que atraviesan las PYMES.

Tal maniobra resulta burda e infundada lo cierto es que ante la desesperanza y la genuina necesidad de crecimiento por la que nuestro país atraviesa, deberían implementarse políticas nacionales estructurales y no “paliativas” a la realidad económica basadas en un falso hilo rector “terminar con el alto grado de litigiosidad y las mafias de abogados y juristas laborales” las cuales se presentan como “salvadoras” y “exterminadoras” de la conflictividad denunciada.

Esto no es novedad, la Ley de Riesgos del Trabajo desde su implementación fue objeto de incesantes modificaciones y la situación no cambia. En lo que hace a esta nueva gestión de gobierno, el Poder Ejecutivo Nacional ha realizado y/o promovido, en menos de 8 meses tres cambios a la Ley de Riesgos. Tenemos así que, el 20 de enero de este año se dictó el DNU 54/17, el 24 de febrero se publicó la Ley 27.348 y Resolución 298/17 y ahora sorpresivamente y sin sentido esencial alguno la SRT dicta la Resolución 760 /17 publicada en el B.O el 2.08.17, mediante la cual se crea el “REGISTRO PARA EL ESTUDIO DE LA LITIGIOSIDAD (SIREL)”, otra vez buscando aminorar la notable proliferación de litigios individuales y el colapso de la justicia laboral de varias jurisdicciones, en donde las ART deben informar sólo las demandas judiciales que hayan recibido en las que el trabajador accidentado haya planteado la inconstitucionalidad al régimen de las ART, informando los datos del trabajador y de su abogado. Todo lo cual prima facie resulta violatorio al derecho de privacidad e intimidad al no dejarse claramente establecido cual sería la concreta utilización de los datos solicitados siendo además que los mismos podrán ser consultados públicamente.

Vemos así con notoriedad evidente que el Gobierno Nacional pretende mejorar una cuestión estructural que merece una urgente solución con claras y eficientes políticas de Estado ordenando el dictando de una resolución que nada aporta en lo esencial para el objetivo propuesto y que al mismo tiempo genera intrigas y miedos ante el oscuro destino de los datos solicitados en una clara violación al derecho a la privacidad en la vida personal del trabajador y
de su letrado.

En ese marco debemos tener presente el reciente pronunciamiento en la materia de la Jueza del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nro. 4 – Dra. Laura Cristina Castagnino – en autos “Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio y otros c/ Superintendencia de Riesgos del Trabajo S/ Medida Cautelar”, en cuanto que, al resolver sobre la medida cautelar presentada por los amparistas, afirmó que un registro, como el que se crea, solo apunta a identificar a los litigantes y a sus letrados, así como también al órgano jurisdiccional que pueda emitir una sentencia de condena, advirtiéndose que el SIREL, no guardaría, prima facie, relación con la finalidad para la cual se dice haber sido creado, y que con la implementación de dicho registro se podría eventualmente, colisionar con las disposiciones y derechos amparados por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, con la Ley 23.187 de Ejercicio de la Abogacía, con el derecho a reclamar la actuación de la justicia y acceder a una efectiva tutela judicial, entre otros derechos, como el derecho a la privacidad e intimidad, (arts. 18, 43, 75 inc. 22 y concordantes de la C.N).

Por lo que la magistrada resolvió hacer lugar a la medida cautelar interpuesta por los actores en los autos citados, disponiendo, en consecuencia, la suspensión de la Resolución de la SRT nro. 769/17 por el plazo de seis meses, o en su caso, de ocurrir antes, la sentencia definitiva que recaigan en el proceso principal.

Esta resolución que alcanza a todos aquellos que nos encontramos afectador por la Resolución 760 de la SRT, en principio nos ampara lo cual no implica que no nos mantengamos atentos máxime si nos ubicamos en el contexto en que la misma ha sido dictada.

Debemos dejar expresado claramente que no cuestionamos la necesidad de terminar con el alto índice de litigiosidad, sino más bien las irrazonables medidas adoptadas, todo lo cual ha quedado demostrado que en nada se relacionan con el objetivo propuesto. Lo cierto es que esta última medida, no es más que otra acción del Gobierno Nacional tendiente a preparar el terreno para la reforma laboral que se viene cuyas consecuencias se pretenden atribuir a los actores del Fuero del Trabajo (abogados, jueces, sindicatos) y las cuales parecerían, en principio, recaer sobre los trabajadores.

En ese marco es que desde el Foro de Derecho del Trabajo queremos dejar claramente manifestado nuestro rechazo a la implementación de la Resolución Nro, 760/17 de la SRT en la  manera en que ha sido dictada, exhortando a la SRT que indique la forma en que serán utilizados los datos sensibles que por la misma se solicitan.

Asimismo, reafirmamos, una vez más, en un todo conforme lo venimos sosteniendo desde mediados del año 2016 que todas estas acusaciones infundadas y agraviantes vertidas por el Presidente de la Nación en contra de los abogados laboralistas vislumbran un claro accionar tendiente a implementar en lo inmediato una reforma laboral, la cual deberá necesariamente realizarse de manera consensuada con todos los sectores, de manera integral en donde el esfuerzo provenga de los tres sectores que componen la relación laboral – Estado – Empleador – Trabajador –, debiendo aprovecharse la oportunidad para avanzar también en dicha reforma con derechos laborales que aguardan su reconocimiento”. Presidente Cristina Azócar y Secretaria María Inés Pagano.