Tendrán un concepto de “aportes no reintegrables” y habrá montos máximos y mínimos, según características del prestador turístico.
El Gobierno nacional dará una línea de “aportes no reintegrables” dentro del marco del “Programa de Incentivo para Inversiones Turísticas de Pequeños Prestadores”. Tendrá inicio desde el jueves 4 de agosto hasta el martes 23 de agosto de 2022, como plazo para inscribirse y presentar el proyecto turístico.
Se trata de un aporte no reembolsable (ANR) para pequeños prestadores turísticos e independientes. Éstos tendrán un concepto de “aportes no reintegrables” y habrá montos máximos y mínimos. Además, se distinguirán según las características del prestador turístico.
Los interesados deberán entrar a la Plataforma TAD con la clave fiscal de cada prestador, buscar el trámite correspondiente a “INTUR – Presentación de Idea – Proyecto”, y sucesivamente completar el formulario y adjuntar la documentación requerida.
Luego de un exhaustivo análisis de todos los proyectos presentados en tiempo y forma, el que cumpla con todos los requisitos en cuanto a la consistencia del proyecto, será el elegido. Se estima que van a incentivar e estimular entre 300 y 400 proyectos a nivel nacional.
¿Qué perfil deberá tener el emprendedor?
El subsidio estará destinado a prestadores turísticos sin empleados/as a cargo, el monto máximo del ANR será de $500.000 y el aporte podrá cubrir hasta el 100% del proyecto.
También estará estipulado para prestadores turísticos con entre 1 y 50 empleados/as, con un monto máximo de aporte no reintegrable de $1.000.000 pesos, y se otorgará hasta el 80% del monto total de la inversión, y como contraparte, el emprendedor turístico deberá aportar sólo el restante 20% del proyecto.
A su vez, se podrá acceder a un subsidio mínimo de $100.000 mil para todo tipo de proyecto de inversión turística.
A través de esta nueva política económica, La Nación incentiva y estimula a la inversión en pequeños emprendimientos a cargo de prestadores de turismo, a fin de mejorarles la oferta de sus productos y fortaleciendo sus servicios. Enfocado en un valor agregado para el sector, y, además, promoviendo el desarrollo de las economías regionales turísticas de cada provincia.
¿Qué proyectos pueden ser financiados?
Bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles: inversiones en bienes de capital (maquinarias, partes de maquinarias, etc.) y nuevo equipamiento en general, siempre que se encuentren directamente relacionados a la actividad principal del prestador turístico (mobiliarios, electrodomésticos, equipos, hardware y demás).
Adecuación, ambientación, ampliación o refacción de inmuebles: gastos de los materiales para la adecuación, ambientación, ampliación o refacción de bienes inmuebles que impliquen la generación y/o mejora de un servicio turístico. No se podrán incluir en este concepto gastos relacionados a mano de obra.
Para más información y asesoramiento técnico sobre los tipos de subsidios, comunicarse a la siguiente casilla de correo electrónico: virginia.miquelarena@cba.gov.ar
Fuente: La Nueva Mañana