Consiste en un reintegro de hasta $2.028 mensuales por beneficiario con un monto máximo de $4.057 para titulares de la AUH con 2 o más hijos
Las personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo, así como los titulares de la AUH y la Asignación Universal por Embarazo (AUE), podrán acceder a un reintegro del 15% de sus consumos con tarjeta de débito hasta el 30 de junio de 2023.
La herramienta, cuya vigencia fue extendida por seis meses, consiste en un reintegro de hasta $2.028 mensuales por beneficiario con un monto máximo de $4.057 para titulares de la AUH con 2 o más hijos.
Los reintegros se acreditan de forma automática cuando los jubilados, pensionados y titulares de la AUH realicen compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben sus prestaciones.
El beneficio también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
El régimen abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, super e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente que se encuentren inscriptos ante la AFIP. También están alcanzados los kioscos, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.
Las personas que podrán acceder al beneficio son aquellas que:
- Cobren la jubilación mínima.
- Perciban una pensión mínima por fallecimiento.
- Sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc).
- Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH).
- Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
Aquellos que tengan dudas o quieran validar si obtendrán los reintegros, pueden acceder a https://www.afip.gob.ar/reintegro/, hacer click en «CONSULTAR», donde deberan colocar su CUIL y Consultar. La pagina les devolverá el estado respecto a si acceden o no al reintegro.
¿Qué compras tienen reintegro?
El régimen de reintegro alcanza a las compras que realicen las personas beneficiarias con tarjetas de débito en farmacias y en comercios dedicados a la venta minorista como a la venta mayorista que facturen a consumidores finales.
Se deberá tener en cuenta que la tarjeta de débito debe estar asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo.
Cabe destacar que no podrán acceder al beneficio del reintegro quienes:
- Superen el haber jubilatorio mínimo.
- No sean beneficiario/a de la AUH o Asignación por embarazo.
- Trabajen en relación de dependencia o como autónomo
- Tengan ingresos declarados en el impuesto a las ganancias
- Sean monotributista, excepto los adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té que se encuentren encuadrados en la categoría A.
Fuente: La Nueva Mañana