La flamante fórmula de movilidad jubilatoria, que impulsó el presidente Javier Milei, prevé que la actualización de haberes de los adultos mayores sea por el índice de precios al consumidor (IPC) que mide el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Para abril en curso, el incremento llega al 27,4%. Pero cuando se discrimina por diferentes tipos de beneficios, se deduce que no todos llegarán a ese indicador de incremento. Por si faltaran complicaciones, el gobierno también impulsa el fin de la Moratoria Previsional vigente, como pide el FMI, incorporada en la nueva Ley Ómnibus.
Con el nuevo texto de la ley Bases surge que la fórmula de movilidad será: «mt = Var. mensual IPC t-2», que los haberes se actualizarán «mensualmente» y que se comienza a instrumentar a partir de abril en curso.
En el marco del Decreto 274/2024 que rige a partir del mensual 4/2024, indica que el incremento otorgado es equivalente al 27,4% sobre todo concepto correspondiente al haber mensual de marzo y se aplica a partir de la liquidación del mensual abril en curso.
De esta forma, el haber mínimo para jubilaciones y pensiones a partir del 1/4/2024 es de $171.283,31; y el haber máximo o haber tope es de $1.152.574,47. Además, quienes cobran hasta un haber mínimo recibirán una ayuda económica de $70.000 y quienes tengan una jubilación o pensión superior a la mínima recibirán una suma proporcional hasta alcanzar ese mismo monto.
La fórmula refiere al «anteúltimo mes anterior» del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor. Sería ajustar por la inflación corrida entre los dos meses anteriores.
A su vez, el texto aclara que “en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario o la beneficiaria”, ya que en caso de que la inflación se estabilice, como prevé el gobierno, puede llegar a mostrar deflación en algún mes.
El Gobierno propuso que en este mes además de la fórmula de movilidad por IPC, se agregue un 10% adicional de recomposición por la licuación de haberes que se dio entre diciembre y marzo. Pero de esta manera, el aumento del cuarto mes del año sería 23,2%. Algo diferente al anuncio proyectado general que supera los 27 puntos.
¿Haberes mínimos diferentes?
Las distorsiones e inequidades en el sistema previsional que se agregaron y agravaron en los últimos años llevan a que en la actualidad convivan no menos de cuatro haberes mínimos. Por eso, al mismo tiempo, habrá unos 5,7 millones de jubilados y pensionados que este mes cobran aumentos significativamente inferiores, en todos los casos por debajo del 27,4% que dispuso el gobierno.
Pero, veamos cómo se clasifican esos haberes mínimos. El haber mínimo garantizado se fijó para abril, como se dijo, en $ 171.283,31. En marzo fue de $ 134.445,30. El aumento es del 27,4%. Este valor y aumento no rige a la hora del cobro de los haberes porque se agrega el bono de $ 70.000, pero sí se toma en cuenta para el cálculo de otras variables.
En otro renglón, está la jubilación mínima más el bono con la garantía del 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil para los que aportaron 30 o más años sin acudir a las moratorias: en marzo cobraron $ 236.296 y en abril percibirán $ 241.283,81. Un incremento del 2,11%. Suman 1,4 millones.
Se detalla la jubilación mínima más el bono sin la garantía del 82%: la jubilación mínima ($ 171.283,31) más el bono de $ 70.000 suma en total $ 241.283.81. En marzo cobraron $ 204.445,30: una suba del 18%. Son 2,5 millones
Y por supuesto, las jubilaciones docentes nacionales y docentes universitarios. Son 200.000. Cobran el 82% del sueldo promedio del cargo, aportan el 13% (2 puntos por encima del 11%) y sus haberes se ajustan cada 3 meses. En abril y mayo no tienen ningún aumento.
Un escalón abajo, aparecen los beneficios de pensiones. Por un lado, la PUAM (Pensión Universal al Adulto Mayor): cobran el 70 % del haber mínimo más el bono. Van a recibir en abril $ 207.026,65 cuando en marzo cobraron $ 177.556.24, un aumento del 16,6%. Suman unos 300.000.
Y después, las Pensiones No Contributivas: cobran el 70% del haber mínimo más el bono. Percibieron en marzo $ 164.111,71 y en abril cobrarán $ 189.898,22. Un incremento del 15,71%. Suman 1,5 millones.
Distorsiones con menos aumentos
De estos números se desprende que, sobre 8,7 millones de beneficios del sistema previsional, 5,7 millones, es decir, el 65%, cobran la jubilación mínima en sus distintas variantes.
En consecuencia, el aumento real de las jubilaciones y pensiones en abril no es del 27,4% porque para 5,7 millones el aumento real varía entre el 0% y el 18%.
Estos valores cambian en mayo por el ajuste por la inflación que arroje el IPC del INDEC de marzo (que se conocerá este día 12) y la cuenta final dependerá del valor del bono, que tiene un fuerte impacto el importe final, en mano, que cobra el jubilado y pensionado.
Detalles de la nueva movilidad
A partir de julio, se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del nivel general del Índice de Precios al Consumidor (IPC), con cobertura nacional, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). De esta forma, en julio los haberes se actualizarán tomando como base el IPC de mayo; en agosto, el de junio; y así sucesivamente. Más distorsiones y rarezas.
Además, en la transición de una fórmula a la otra, en abril los jubilados y pensionados recibirán un incremento extraordinario de 12,5% para compensar parcialmente las pérdidas ocasionadas por el proceso inflacionario del último año; y se adicionará el 13,24% correspondiente al IPC de febrero a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024.
En mayo se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio, conforme la nueva fórmula (con IPC de marzo); y, en el mes de junio, un incremento calculado según la nueva fórmula (IPC de abril). En ningún caso, la aplicación del índice podrá disminuir el haber que percibe el beneficiario.
Si en junio el aumento arrojado por la Ley de Movilidad anterior (Ley N° 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, ANSES abonará la diferencia correspondiente.
Otras pautas para considerar
El incremento otorgado es equivalente al 27,4% sobre todo concepto correspondiente al haber mensual de 03/2024 y se aplicará a partir de la liquidación del mensual 04/2024.
Los haberes previsionales mensuales correspondientes a las prestaciones alcanzadas por la escala de deducción que refiere el Art. 9, inciso 2 de la Ley 24.463, estarán sujetos a una reducción equivalente al quince por ciento (15%) sobre el excedente del tope de las prestaciones, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 9º de la Resolución SSS 06/2009.
El monto de la Prestación Básica Universal (PBU), a partir del 01/04/2024 será de $ 78.354,30.
Para Prestaciones de Edad Avanzada (PEA), el valor de la PBU será equivalente al 70% del monto informado precedentemente.
La Base Imponible Mínima se establece en $ 57.688,19 y la Base Imponible Máxima en $ 1.874.838,91.
Las cuotas de moratoria establecidas por Ley Nº 26.970 y 24.476 y por el Régimen de Plan de Pagos de Deuda Previsional Ley 27.705, se actualizarán por el porcentaje de aumento, vale decir, 27,4%.
Suplemento Investigador Científico: En prestaciones encuadrados en el Decreto 160/05, percibirán el incremento sobre el haber mensual y el suplemento respectivo (006-023), el cual será equivalente al 27,4 %.
Veteranos de Guerra: A partir del mensual 04/2024 el haber en prestaciones de Veteranos de Guerra, siendo equivalente a tres haberes mínimos, resultará: Haber Veterano de Guerra = $ 171.283,3 por 3 = $ 513.849,93.