La decisión unilateral del gobierno de actualizar un 30% el Salario Mínimo Vital y Móvil, repercutirá de manera automática con una suba de la carga tributaria sobre miles de trabajadores con ingresos superiores.
La última medida del gobierno nacional sobre una actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil ocasionará un aumento de presión fiscal para los salarios más altos de la actividad económica que quedaron alcanzados por lo que se llama Impuesto Cedular, que reemplazó al denominado “Cuarta Categoría” de Ganancias.
El piso estipulado para pagar el impuesto a las Ganancias representa 15 salarios mínimos, es decir, 180 al año, y se actualiza cada seis meses de acuerdo con el valor que tenga el SMVM en ese momento.
Para el inicio del 2024, el gobierno decidió mantener el fijado en enero, de modo que los alcanzados deberán esperar ahora a julio, para la nueva actualización. Con estas modificaciones, no quedan dudas por qué más trabajadores deberán afrontar obligatoriamente el nuevo Mínimo No imponible en los próximos meses Alícuotas desde el 27 al 35%.
Como se dijo, la Casa Rosada dispuso un aumento del 30% en el SMVM, por lo que en este mes llegará a $180.000 y en marzo $202.800, cifras sobre las cuales, dicho sea de paso, para las centrales obreras representa un hecho “criminal e inaceptable”, en el contexto de altísima inflación que se vive.
Los nuevos montos representarán de ahora en más que si una persona estaba por debajo de ese piso y consiguió un incremento de sus ingresos, a partir de la primera mitad de este año deberá tributar el Impuesto Cedular, que empieza con una alícuota del 27% y sube hasta el 35%. Y por supuesto, los que estaban alcanzados subirán de categoría y pagarán más. Este Mínimo No Imponible se mantendrá inalterado hasta la próxima actualización en julio próximo.
Altos ingresos, bajos rendimientos
Con una inflación tan alta en los últimos meses, muchos empleados pronto podrían comenzar a tributar el impuesto a las ganancias. En la práctica, esta falta de actualización del MNI puede llevar a situaciones que no respeten la capacidad contributiva de las y los trabajadores.
Por ejemplo, un empleado que cobre $3.541.590 en marzo de 2024, en términos reales, estará recibiendo la misma cantidad que en diciembre de 2023 ($2.340.000), motivo por el cual no debería tributar el impuesto a las Ganancias. Sin embargo, debido a la legislación actual, su remuneración queda sujeta al referido impuesto.
Incluso, en peor situación estará un empleado con una remuneración de, por ejemplo, $2.800.000 que deberá tributar Ganancias cuando en términos reales cobra menos que antes. La decisión gubernamental se conoció días después de que fracasara la reunión del Consejo del Salario, donde las centrales obreras habían reclamado una suba del 85% que llevara el salario mínimo a $288.600 en marzo.
Dejando de lado que, técnicamente, desde el punto de vista tributario, dejó muchas dudas la reforma del impuesto a las Ganancias para empleados que se realizó en 2023, se adiciona ahora, la falta de actualización del MNI, en línea con la escalada inflacionaria. Todo el conjunto, acarreará consecuencias negativas significativas para un amplio universo de trabajadores, con su impacto en la economía doméstica.