A travĆ©s de la DecisiĆ³n Administrativa 1316/2021, publicada en el BoletĆn Oficial, dictaminĆ³ una serie de consideraciones a tener en cuenta para ingresar desde el exterior.
El Gobierno nacional estableciĆ³ nuevos requisitos para el ingreso de personas a la Argentina en medio del nuevo pico de contagios por coronavirus y ante la preocupaciĆ³n que genera la llegada de la variante Ćmicron, con el objetivo de intensificar el control de los protocolos sanitarios y lo hizo a travĆ©s de la DecisiĆ³n Administrativa 1316/2021, publicada este viernes en el BoletĆn Oficial.
La resoluciĆ³n que lleva la firma del jefe de Gabinete Juan Manzur y de los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y del Interior, Eduardo Ā«WadoĀ» de Pedro, modifica una anterior que comenzĆ³ a regir en octubre, la que estableciĆ³ la creaciĆ³n de los denominados Ā«corredores segurosĀ», que actualmente siguen siendo los Ćŗnicos puntos de entrada al paĆs.
La medida otorga mĆ”s herramientas al personal de las empresas de transporte, tanto aĆ©reo como marĆtimo y terrestre, para hacer cumplir con los protocolos sanitarios vigentes.
Ā«Los operadores de medios de transporte -aĆ©reo, fluvial y marĆtimo- de pasajeros internacionales deberĆ”n -sin excepciĆ³n- comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimientoĀ», indica el texto oficial.
AdemĆ”s, el personal de estas empresas tendrĆ” que verificar los datos de la documentaciĆ³n sanitaria que se les exhiba al momento del embarque y podrĆ” negarle al viajero la posibilidad de abordar si no cumple con todos o alguno de los requisitos establecidos.
La documentaciĆ³n que deben presentar los viajeros para ingresar al paĆs es la siguiente:
– DeclaraciĆ³n jurada: Exigida por la DirecciĆ³n Nacional de Migraciones, completada al menos 48 horas antes del inicio del viaje sin observaciones del control sanitario.
– Prueba PCR: negativa realizada en el paĆs de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje, consignando en la declaraciĆ³n jurada la fecha de toma de la prueba realizada, el laboratorio que lo respalda y el resultado negativo, sin acompaƱar el documento en formato digital, ello sin perjuicio de que deba portarlo durante su estadĆa en el paĆs, cuando sea igual o menor a los 14 dĆas. TambiĆ©n se podrĆ” presentar un certificado de alta mĆ©dica emitido dentro de los Ćŗltimos 90 dĆas previos al inicio del viaje y PCR positivo que acredite que sufriĆ³ la enfermedad en ese lapso correspondiĆ©ndole dicha alta mĆ©dica.
– Certificado que acredite haber completado el esquema de vacunaciĆ³n por lo menos 14 dĆas antes de su ingreso al paĆs o de su exenciĆ³n, que tambiĆ©n deberĆ” figurar en la declaraciĆ³n jurada, sin necesidad de acompaƱar el mencionado certificado en la declaraciĆ³n.
–Seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internaciĆ³n, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.
En tanto, se remarcĆ³ que Ā«toda la documentaciĆ³n que se presente al momento del embarque y que se exhiba durante la estadĆa en el paĆs tendrĆ” carĆ”cter de declaraciĆ³n jurada, y su falseamiento u omisiĆ³n de informaciĆ³n darĆ”n lugar al inicio de las correspondientes acciones penalesĀ», que caerĆ”n sobre las personas y no sobre las lĆneas aĆ©reas o a los operadores de transporte ni terceros.
Una vez en el territorio nacional, los pasajeros deberĆ”n portar, durante los 14 dĆas posteriores a su llegada, la documentaciĆ³n que dĆ© cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos.
TambiĆ©n se informĆ³ que todos los mayores de 6 aƱos de edad que hayan acreditado estar vacunados con una parte o todo el esquema, de acuerdo al paĆs de origen, Ā«deberĆ”n practicarse una prueba diagnĆ³stica de SARS-COV-2 entre los dĆas tercero a quinto de su llegadaĀ» al paĆs, y abstenerse durante ese periodo Ā«de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerradosĀ».
Asimismo, continuarĆ” estando permitido el relevo de tripulaciones de buques internacionales compuestas por extranjeros, siempre que las personas que -habiendo completado el esquema de vacunaciĆ³n por lo menos 14 dĆas antes- ingresen al paĆs a tal efecto en un medio de transporte distinto al del relevo.
Para ello, Ā«deberĆ”n cumplimentar los requisitos migratorios y sanitarios vigentes para el ingreso por ese otro medio de transporte, establecidos para los extranjeros no residentes mayores de 18 aƱosĀ», que incluye una declaraciĆ³n jurada; prueba PCR negativa a bordo y previa al desembarco o al embarque, y aislamiento por 5 dĆas en tierra, debiendo realizar un test de PCR antes de poder circular libremente.