Los alcanzados serán las personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, de acuerdo al artÃculo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto del ley de blanqueo, denominado «Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado», que comprenderá a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas.
Los bienes comprendidos en la iniciativa serán la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el paÃs y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el paÃs y/o en el exterior, incluyendo créditos, que no se encuentren declarados ante el fisco.
Los sujetos alcanzados por la iniciativa serán las personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, en conformidad con el artÃculo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
De qué se trata el proyecto
Las alÃcuotas aplicables serán del 5% desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 dÃas corridos de la puesta en marcha del blanqueo; 10% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 dÃas; y 20%, para los bienes declarados desde el vencimiento del segundo plazo y hasta transcurrido el plazo de 120 dÃas corridos.
Esas alÃcuotas serán aplicables para la exteriorización de los bienes del paÃs y del exterior cuando exista repatriación aplicable sobre el monto exteriorizado al tipo de cambio del Banco Nación, detalla uno de los artÃculos del proyecto.
Asimismo, se incrementarán las alÃcuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del exterior en el caso de que no exista repatriación.
Se establece un régimen simplificado con una alÃcuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35%) de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 perÃodos fiscales y con un tope de hasta u$s 50 mil.
Para acceder a ese régimen, la declaración voluntaria de la tenencia de moneda nacional o de moneda extranjera requerirá la confección de una declaración jurada meramente informativa que dé cuenta del monto exteriorizado.
La norma establece que quedarán excluidos únicamente del Régimen Simplificado los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario.
Beneficios destacados por el Ministerio de EconomÃa
Entre los beneficios destacados por el Ministerio de EconomÃa, el proyecto no considerará incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados y libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanero e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.
Los sujetos quedarán liberados de los impuestos que hubieran omitido declarar: Ganancias, Internos e IVA y sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.
También quedarán excluidos los sujetos que entre el 1° de enero de 2010 y cuando entre en vigencia la ley, hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los convivientes, los padres y los hijos.
Además, se excluirán a a sujetos declarados en estado de quiebra sin posibilidad de continuar con la explotación en cuestión, como asà también a los sujetos condenados por delitos frente a incumplimiento tributarios en la medida que exista sentencia firme y que la condena no estuviera cumplida.
Por último, se establece un acuerdo de colaboración para que la AFIP obtenga información y pueda localizar y detectar bienes no declarados tanto en el paÃs como en el exterior.
Fuente: Télam