Este viernes debe pagar 143 millones de dólares. La Provincia venía comprando 29 millones de dólares por día, y podrá cumplir el compromiso. El Banco Central pidió revocar la cautelar, pero juez Sánchez Freytes ordenó venderle los dólares.

El Banco Central pidió al juez federal N° 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, que revocara el dictado de la medida cautelar que suspendió la normativa que restringe el acceso a dólares a valor oficial a las provincias para hacer afrontar las derogaciones por compromisos asumidos, lo que permite al Gobierno provincial comprar la divisa estadounidense sólo para afrontar el pago de este viernes, de 143 millones de dólares estadounidenses.

El ministro de Finanzas de la provincia, Osvaldo Giordano, confirmó que el Gobierno de Córdoba consiguió los 143 millones de dólares que debe pagar este viernes, en vencimiento de una deuda en dólares.

“Tomamos la previsión de ir comprando 29 millones de dólares por día, y más allá del fallo judicial que obliga al Banco Central a vendernos los dólares, mañana (por este viernes) compraremos los últimos 29 millones de dólares que nos falta y podremos cumplir el compromiso”, aseguró el responsable del Ministerio de Finanzas.

Por su parte, el gobernador Juan Schiaretti, también opinó sobre esta cuestión, en un breve contacto con los periodistas. “El Gobierno nacional intentó atropellar a Córdoba. Por suerte la Justicia Federal puso las cosas en su lugar. No voy a permitir que ninguno quiera llevar por delante a Córdoba y afectar el derecho de los cordobeses, sin pelearla”, aseguró el mandatario provincial.

La Provincia justificó la necesidad de frenar la medida a través del amparo (al considerar materialmente imposible suspenderla en sede administrativa) ante el inminente vencimiento de deuda por U$S 143 millones. Y alertó además sobre los futuros vencimientos de julio, octubre y diciembre por U$S 140 millones (más intereses) en total.

“Además del gravísimo peligro en la demora, que fue allí acreditado en virtud de los próximos vencimientos de la deuda pública externa (…), en particular el que se producirá el 9 de junio, de ocurrir dicho incumplimiento en virtud del acto lesivo objeto del amparo, se produciría la caducidad de todos los plazos y el vencimiento de toda la deuda externa de la Provincia en virtud de la aplicación de la cláusula de incumplimientos cruzados (o cross default)”, explicó.

El fiscal N° 1, Enrique Senestrari, dictaminó la incompetencia de la Justicia federal para intervenir y consideró que la Corte Suprema debía abocarse. En consonancia, el juez Sánchez Freytes declaró la incompetencia y ordenó la remisión del expediente al máximo tribunal.

No obstante, sostuvo que “teniendo en cuenta la urgencia acreditada” por la Provincia “respecto del inminente vencimiento del plazo para el pago de las obligaciones”, correspondía analizar el pedido de cautelar y diferir el pedido del informe al BCRA (sobre el interés público comprometido), como estipula la ley 26.854.

Finalmente, concedió la cautelar “de una manera distinta a la peticionada” (como, según recordó, lo habilita el artículo 204 del Código Civil y Comercial), por lo que suspendió los efectos de la Comunicación “A” 7782 del BCRA y de sus actos de aplicación. Ordenó que la Provincia pudiera acceder “de manera inmediata al mercado de cambios para la compra de los dólares necesarios sólo para cancelar el vencimiento” del viernes.