La Cámara Electoral implementará una franja horaria prioritaria para personas que integren grupos de riesgo entre las 10.30 y las 12.30, con el fin de evitar aglomeraciones.

La Cámara Nacional Electoral aprobó este martes un protocolo sanitario que se aplicará en las jornadas de votación para las elecciones legislativas de este año, destinadas a evitar aglomeraciones en las escuelas y que, entre otras medidas, definió un horario especial de sufragio para personas que presenten factores de riesgo y no habilitar más de ocho mesas de sufragio por establecimiento.

Se definió mediante la Acordada Extraordinaria Nº 83, que estableció el «Protocolo sanitario de prevención Covid-19 – Elecciones nacionales 2021», elaborado conjuntamente con la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud de la Nación.

El mismo regirá tanto para las PASO del 12 de septiembre como para las generales del 14 de noviembre y establece distintas medidas sanitarias y organizativas para llevar a cabo las próximas elecciones nacionales en el contexto de pandemia, se informó.

Entre ellas se destacan las destinadas a evitar aglomeración de personas y, con el fin de reducir el aforo, se procura no habilitar más de ocho (8) mesas de votación por establecimiento.

También, se dispone la implementación de una franja horaria prioritaria para personas que integren grupos de riesgo entre las 10.30 y las 12.30.

«Si mediaran razones fundadas el juzgado federal electoral del distrito podrá modificar la franja horaria prioritaria para su distrito, quedando –en tal caso- a su cargo la información a la ciudadanía», se aclara en la resolución.

Durante esa franja horaria no se prohibirá la votación de quienes concurran a sufragar sin pertenecer a los grupos de riesgo, pero deberán ceder su turno a las personas que integren los grupos priorizados, que de esta manera evitarán realizar filas o esperas evitables.

A su vez, se prevé que el Ministerio de Interior provea para cada mesa de sufragio y en cada establecimiento de votación de productos de higiene y sanitización, así como elementos de protección personal (barbijos, máscaras de protección y/o mamparas).

Por otra parte, se insta a la capacitación preponderantemente por medios no presenciales de las autoridades de mesa, delegados, fiscales, facilitadores sanitarios y agentes del Comando Electoral.

Además, se incorpora la figura del rol del «facilitador sanitario» que tendrá, entre sus funciones, hacer cumplir el protocolo y las medidas de prevención.

Se requerirá a los partidos políticos colaboración para que en cada establecimiento concurra la menor cantidad posible de fiscales partidarios de forma simultánea, y también se les pedirá cooperación para minimizar la manipulación de los sobres de votación.

Asimismo, se dispondrá que «en caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con COVID- 19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de COVID-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo».